A partir del día 1 de abril se inicia el proceso para la Declaración anual de personas físicas. Es importante recordar que quienes la presentan son Personas físicas y que corresponde al ejercicio anual del 2020, el plazo para realizar el trámite es de un mes.
Es nuestra obligación a cumplir el declarar el Impuesto sobre la Renta acuerdo a tu régimen fiscal. Asimismo entender que es un Fundamento legal y que previne y prevé Estados financieros con un amplio control de daños.
Su objetivo es cumplir con las obligaciones fiscales a través de la presentación de tu declaración anual, que contenga la información de tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como tus pagos provisionales, a través del portal del SAT de una forma fácil y sencilla.
Al ser un Fundamento legal tiene su origen en:
- Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2021: Artículo 150.
- Código Fiscal de la Federación para 2021: Artículos 31 y 32.
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación para 2021: Artículo 41.
El cálculo del impuesto va conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2021: Artículos 152.
El medio de presentación responde a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Reglas 2.8.4.1 y 2.8.4.5 y los medios de pago al Código Fiscal de la Federación para 2021: Artículos 20, séptimo párrafo y a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Regla 2.1.20.
Los obligados a presentar la Declaración Anual son las personas físicas que hayan obtenido ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:
– Sueldos, salarios y asimilados (Título IV. Capítulo I)
Artículo 98, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios) (Título IV. Capítulo II. Sección I)
Artículo 109, 110, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (Título II. Capítulo VIII)
Artículo 74, fracción III, primer párrafo, fracción II, séptimo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Arrendamiento (Título IV. Capítulo III)
Artículo 118, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Enajenación de bienes (Título IV. Capítulo IV. Sección I)
Artículo 120, fracción III, inciso a de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Enajenación de aciones en bolsa de valores (Título IV. Capítulo IV. Sección II)
Artículo 129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Adquisición de bienes (Título IV. Capítulo V)
Artículos 130 y 131 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Intereses (Título IV. Capítulo VI)
Artículo 136, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Premios (Título IV. Capítulo VII)
Artículos 138, último párrafo y 90, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Dividendos (Título IV. Capítulo VIII)
Artículo 140 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– Demás ingresos (Título IV. Capítulo IX)
Artículo 145 de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– ISR REFIPRES (Título VI. Capítulo I)
Artículo 177, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
– RIF con Coeficiente de Utilidad (Título VI. Capítulo II. Sección II)
Artículo 111, último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021.
En GOTH & Asociados contamos con un equipo de profesionales para acompañarle y asesorarle en su Declaración Anual Personas Físicas ejercicio 2020.